Del Código de Hammurabi a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (II)



DECLARACIÓN UNIVERSAL
DE LOS
DERECHOS HUMANOS

Dignidad y realidad

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Blog de Divulgación Científica_Histórica

   Siglos XX–XXI


Hace unas fechas , en una de mis entradas yo afirmaba que no me gustaban, ni me fiaba de aquellos que tenían un único libro de cabecera, porque me parecían dogmáticos, intransigente e inflexibles, bueno, ahora rectifico, no pasa nada. Yo tengo la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, en mi mesita de noche junto con otros dos que no voy a revelar, simplemente por pudor. Aclarado esto, vamos al lío.


10 de diciembre de 1948. Tras largas deliberaciones, la Asamblea General de la ONU, reunida en París, aprobó hoy la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). El documento se inspira tanto en la Declaración de Independencia Norteamericana de 1776 como en la francesa de 1789, y las completa en un aspecto: la igualdad racial, violada especialmente durante la Segunda Guerra Mundial. La declaración fue aprobada por 48 votos a favor y 8 abstenciones: las de la URSS, Polonia, Ucrania, Checoslovaquia, Unión Sudafricana y Arabia Saudí. El documento cuenta con un prólogo y 30 artículos, cuya vigencia es jurídica y moralmente obligatoria para los estados signatarios, a partir de hoy. (Crónica del Siglo XX. Diario 16. PLAZA&JANES. EDITORES. Página 730).

La DUDH surgió como respuesta a las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial y representa el primer consenso global sobre los derechos fundamentales de la humanidad, sirviendo como base para el derecho internacional de los derechos humanos.

Pero hablemos un poco de los referentes de la Obra Cumbre de Buenas Intenciones (sólo ha sido eso hasta ahora):

    1.- La Declaración norteamericana de 1776, más conocida como la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, es un documento fundacional que proclama la independencia de las trece colonias americanas del dominio británico y establece derechos fundamentales universales, como la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Redactada principalmente por Thomas Jefferson y adoptada por el Congreso Continental el 4 de julio de 1776, esta declaración marca el nacimiento de los Estados Unidos como nación independiente y es un referente en la historia de los derechos humanos.


    2.- La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 surge como un documento fundamental de la Revolución Francesa, marcando el fin del Antiguo Régimen y la legitimación del movimiento revolucionario.


Este texto se inspira en la filosofía de la Ilustración y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, buscando establecer un nuevo orden social y político basado en los principios de libertad, igualdad y soberanía popular. La redacción de la Declaración tenía como objetivo principal poner fin a la sociedad estamental, donde los derechos y obligaciones de una persona dependían de su nacimiento, y en su lugar, instaurar un marco jurídico que protegiera los derechos "naturales e imprescriptibles" del individuo.


Los aspectos más destacados de esta Declaración podríamos sintetizarlos en los siguientes puntos:

Igualdad y libertad: Afirma que los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales solo pueden basarse en la utilidad común.

Derechos naturales e imprescriptibles: El documento enumera los derechos esenciales del hombre, incluyendo la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

Soberanía nacional: Establece que la fuente de toda soberanía reside en la Nación. Esto significaba que el poder ya no emanaba del rey, sino del pueblo, y que ningún individuo o corporación podía ejercer autoridad sin un mandato explícito de la nación.

La ley como expresión de la voluntad general: La ley se define como la expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen el derecho a participar en su formación, ya sea personalmente o a través de sus representantes.

Separación de poderes: Aunque no se detalla, se afirma que toda sociedad en la que no se garantice la separación de poderes y la protección de los derechos no tiene una Constitución.

Libertad de expresión y de religión: Se reconoce la libertad de opinión, incluyendo las religiosas, siempre y cuando su manifestación no altere el orden público.

Derecho a la propiedad: Considerado un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de su propiedad, excepto por necesidad pública evidente, con una indemnización justa y previa.

En este corto vídeo de YouTube (sólo dura unos 16 minutos) se exponen de manera muy clara las causas y motivaciones de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (https://www.youtube.com/watch?v=Ya9DqfgzqBU)

Estas son las fuentes, de las que bebieron los padres de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, no hace ni un siglo aún. Sin embargo, los manantiales de que se nutren estas fuentes han sido cuando no secados, desviados de su curso. Lo que hace del mismo simplemente un proyecto (farisaico) de  exclusivamente buenas intenciones con las que lavar nuestras conciencia. Intenciones que degradan al ser humano en general y en particular a quienes tienen el deber y y obligación de cumplirlo y hacerlo cumplir. ¿Dónde estamos mientras se están perpetrando los genocidios de los que hipócritamente nos llevamos las manos a la cabeza? ¿Dónde estamos mientras se están explotando a otros seres humanos? ¿Qué hacemos ante la explotación infantil? ¿Ante la falta de recursos básicos como la sanidad, educación, un simple vaso de agua o una cucharada de alimento?... Nada. Esto es una mierda, con perdón. 

La DUDH, es documento fundamental que establece que la libertad, la justicia y la paz se basan en el reconocimiento de la dignidad inherente y los derechos inalienables de todos los individuos. Aboga por la protección legal de los derechos humanos para prevenir la tiranía y promover relaciones amistosas entre naciones. La declaración detalla una amplia gama de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluyendo la igualdad, la libertad, la seguridad personal, el derecho a la vida y la prohibición de la esclavitud y la tortura. Además, enfatiza la importancia de la educación para fomentar el respeto a estos derechos y la necesidad de un orden social e internacional que los haga efectivos.

Es un documento que tiene un único objetivo fundamental: el reconocimiento de la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de todos los seres humanos, base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo.

Su visión global es establecer un ideal común y una guía para la humanidad, buscando asegurar el respeto y la aplicación universales de los derechos humanos. Teniendo en cuenta aspectos tan fundamentales como elementales: 

Evitar la barbarie y la opresión: Se considera que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han provocado actos de barbarie que ultrajan la conciencia de la humanidad. Por lo tanto, es esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho para que las personas no se vean obligadas a recurrir a la rebelión contra la tiranía y la opresión.

Asegurar libertades fundamentales: La Declaración aspira a un mundo donde los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y la libertad de creencias.

Promover relaciones amistosas entre naciones: Se considera esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones.

Reafirmar la fe en los derechos humanos: Los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado su fe en los derechos fundamentales del hombre, la dignidad y el valor de la persona humana, y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Han declarado su resolución de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

Compromiso universal: Los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades fundamentales del hombre. Una concepción común de estos derechos y libertades es de suma importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso.

Ideal común y esfuerzo constante: La Asamblea General proclama la Declaración como un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse. Tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, deben promover el respeto a estos derechos y libertades mediante la enseñanza y la educación.

Aplicación universal y efectiva: Se busca asegurar el reconocimiento y la aplicación universales y efectivos de estos derechos y libertades mediante medidas progresivas de carácter nacional e internacional, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como en los territorios bajo su jurisdicción.

Establecer un orden social e internacional: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración se hagan plenamente efectivos.

Base para el desarrollo de la personalidad: Los deberes que tiene toda persona hacia la comunidad son reconocidos, ya que solo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

Naturaleza no restrictiva: Ninguna disposición de la Declaración debe interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno a un Estado, grupo o persona para emprender actividades o realizar actos que busquen suprimir cualquiera de los derechos y libertades proclamados en ella.

En su PREÁMBULO, la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y e menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado. como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en el que los seres humanos, liberados del temor y  de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad ;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades fundamentales del hombre; y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso:

LA ASAMBLEA GENERAL PROCLAMA  la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como idea común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción (DERECHOS HUMANOS - CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA - ESTATUTO DE ANDALUCÍA. Editorial ARGUVAL. Tercera Edición. Paginas 7 y 8)

Aquí os dejo  un mapa mental realizados con  NotebookLM, con la idea de poder sintetizar aquellos aspectos más importantes de la DUDH:








Su articulado está estructurado de la siguiente manera:

Artículo 1: Libertad e Igualdad.
Articulo 2: No Discriminación.
Artículo 3: Vida, Libertad y seguridad.
Artículo 4: Prohibición de la Esclavitud.
Artículo 5: Prohibición de Torturas y Tratos Degradantes.
Artículo 6: Reconocimiento de la Personalidad Jurídica.
Artículo 7: Igualdad ante la Ley.
Artículo 8: Recurso Efectivo ante Tribunales.
Artículo 9: No Detención, Prisión o Destierro Arbitrario´.
Artículo 10: Derecho a ser oído por un Tribunal Imparcial.
Artículo 11: Presunción de Inocencia y no Retroactividad.
Artículo 12: Protección de la Vida Privada.
Artículo 13: Libre Circulación y Residencia.
Artículo 14: Derecho de Asilo.
Artículo 15: Nacionalidad.
Artículo 16: Matrimonio y Familia.
Artículo 17: Propiedad.
Artículo 18: Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión.
Artículo 19: Libertad de Opinión y Expresión.
Artículo 20: Libertad de Reunión y Asociación.
Artículo 21: Participación en el Gobierno.
Artículo 22: Seguridad Social y Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Artículo 23: Derechos Laborales.
Artículo 24: Descanso y tiempo Libre.
Artículo 25: Nivel de Vida adecuado y Asistencia.
Artículo 26: Derecho a la Educación.
Artículo 27: Libertad en la Vida Cultural y Propiedad Intelectual.
Artículo 28: Orden Social e Internacional Efectivo.
Artículo 29: Deberes y Limitaciones.
Artículo 30: No Interpretación para supresión de Derechos.



Infografía DUDH _ Copilot

Si deseas bajarte una de las muchas copias del Código de Hammurabi puedes hacerlo en una de estas dos direcciones entre otras muchas:


Aquí puede bajarte una presentación en PDF de la DUDH. [Pulsa aquí]

Para las personas oprimidas es importantísimo saber que no están solas. Nunca dejen que nadie les diga que lo que ustedes hacen es insignificante. Desmond Mpilo Tutu, arzobispo y activista sudafricano.



FUENTES CONSULTADAS:

Crónica del Siglo XX. Diario 16. PLAZA&JANES. EDITORES. Página 730

Historia Universal. Tomo I. Los orígenes. EL PAIS. Edit. SALVAT.

DERECHOS HUMANOS - CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA - ESTATUTO DE ANDALUCÍA. Editorial ARGUVAL. Tercera Edición. Paginas 7 y 8)

Wikipedia.

Infografía e imágenes: Geminis, Venngage, Copilot.

Mapa mental: NotebookLM.

Algunas de las afirmaciones y definiciones aquí vertidas, han sido contrastadas por IA (ChatGPT, Géminis y DeepSeeK)

Las imágenes han sido generadas por las herramientas de IA: Geminis, ChatGPT e Ideogram.

Tratado con Photoshop la imagen de cabecera así como el mapa mental.

Hasta luego y suerte.











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