EL CÓDIGO DE HAMMURABI
Al comenzar esta publicación, y por mera curiosidad, pensé qué me contestaría la IA a una simple pregunta: "Actúa como un experto en filosofía y derecho, y descríbeme brevemente en diez renglones, los principios éticos y morales que inspiran los códigos de conducta del ser humano". La respuesta que me dio textualmente fue:
Dignidad humana: respeto incondicional a cada persona, con igual consideración y derechos.
Autonomía y responsabilidad: libertad para decidir, asumiendo las consecuencias de las propias acciones.
Justicia y equidad: trato imparcial, distribución justa de beneficios y cargas.
Veracidad y honestidad: verdad como fundamento de confianza y convivencia.
Beneficencia y no maleficencia: promover el bien y evitar el daño a otros.
Libertad responsable: ejercicio de la libertad sin vulnerar derechos ajenos.
Integridad y coherencia: armonía entre discursos, valores y acciones.
Solidaridad y cuidado: preocupación por el bienestar común y vulnerables.
Rectitud y legalidad: respeto a normas y a principios éticos universales.
Perdón y reparación: reconocer errores, repararlos y restaurar relaciones.
La verdad es que me esperaba otra respuesta, lo mismo no fui lo suficientemente diligente e inteligente al formularle la pregunta o en mi fuero interno deseaba otra respuesta, no obstante, sea como fuere, difícilmente podemos estar en desacuerdo con la IA (ChatGPT), pero aún así y todo no son precisamente los patrones por los que nos solemos regir; desgraciadamente parece que aquí la Inteligencia Artificial actúa de manera más racional que el ser humano. Pero es sólo eso, un mero espejismo porque detrás de ella está ese otro yo que desearíamos ser, pero desafortunadamente la realidad se fractura dentro de nosotros.
Los códigos morales y éticos han guiado a la humanidad durante milenios y han intentado reflejar las costumbres, valores y visiones del mundo de cada época.
En este artículo, que dividiré en dos partes o secciones, abordaré dos de los más influyentes códigos legislativos de la historia de la humanidad: el “Código de Hammurabi” y la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”. Lógicamente no habrá un nexo de unión histórica o filosófica entre ambos, por dos razones: primera, son prácticamente 4000 años el tiempo que los separan y segundo sería muy presuntuoso y ridículo por mi parte ni siquiera intentarlo. Así que serán dos esbozos de dos textos que pretendían lo mismo desde el ámbito histórico social en el que se desenvolvían. Lástima que el último esté tan devaluado y prostituido por quienes tienen la obligación moral, ética y humana de cumplirlo y hacerlo cumplir. Una Declaración que surge como una herramienta contra el genocidio, entre otros aspectos, (después de la II Guerra Mundial), mientras actualmente se están cometiendo en Gaza y otros muchos lugares y, quienes tienen responsabilidades mayores lo contemplan desde sus cómodas atalayas, presas de otros intereses. Hipócritas de mier….
El objeto de este trabajo no es sumergirse en los logros políticos y guerreros de este rey, legítimo heredero del imperio, sino de su aportación social clave en la lucha por los Derechos Humanos en su forma más primitiva. No obstante se hace poco menos que necesario hacer una breve reseña de su vida y obra.
De él se sabe que expandió militarmente las fronteras de su reino, conquistando Asiria, Sumer y Accad, pero curiosamente, por la época en la que vivió, se sirvió fundamentalmente de medios diplomáticos para lograrlo. Su territorio estaba limitado por los ríos Tigris y Eúfrates hasta la ribera del golfo Pérsico.
Instauró, como no podía ser de otra manera, una corte de estilo absolutista hereditaria por línea masculina. Fue un gran administrador y reforzó los poderes centrales. Gobernaba desde la sede de su residencia real y creó un importante cuerpo de funcionarios que enviaba a distintos puntos del territorio con plenos poderes militares y diplomáticos. Su poder era tal, que llegó a proclamarse “Rey de Reyes”.
En un estado profundamente teocrático, en materia religiosa, Hammurabi, hizo prevalecer entre todas las deidades a Marduk - dios principal de Babilonia y una de las deidades más importantes de la mitología mesopotámica -, entre todas las deidades del panteón sumerio-acadio. Durante su reinado, el Rey de Reyes, promovió las artes y las ciencias así como una sistematización de la legislación babilónica expresada en su célebre “Código de Hammurabi”, escrito en lengua acadia. Este ordenamiento legal fue grabado en un cilindro de diorita y descubierto por una expedición arqueológica francesa en 1902, en la ciudad de Susa (actual Irán). Actualmente este código se encuentra en el Museo de Louvre de París. (YouTube: Biografía de Hammurabi, www.biografías.info).
Es importante hacer notar que no fue el primer código legal, pero sí fue el primero en ser tan completo y sistemático. Fue un intento de unificar las leyes en su vasto imperio.
El código reúne 282 artículos escritos en caracteres cuneiformes que se leen de arriba a abajo.
Los principios jurídicos que desarrolla son claros y sencillos denotando una clara preocupación del legislador por la equidad y la lógica de sus preceptos, amparando los derechos de los hombres libres y estipulando las penas que debían cumplir quienes los violentaran. No obstante, no debemos dejar pasar por alto que el objetivo principal de este código no era otro que consolidar el poder del rey.
Como norma jurídica del derecho penal se establecía la “Ley del Talión”, y se resume en la famosa frase "ojo por ojo, diente por diente". El Código la aplicó para sustituir la venganza privada por un castigo determinado por el estado, con penas que eran equivalentes al daño causado, aunque la aplicación de esta ley dependía de la clase social de las personas involucradas.
La frase "ojo por ojo, diente por diente" no significa que si alguien te lastima, le devuelvas el mismo daño. En el contexto del Código de Hammurabi, lo que realmente establece este principio es que que la pena por un crimen debe ser proporcional a la ofensa. Es decir, si alguien le rompe el brazo a otra persona, la pena no puede ser la pena de muerte. Debe haber un equilibrio entre el crimen y el castigo.
En este código también se detallan las clases sociales existentes en el imperio babilónico así como sus privilegios y obligaciones; aparecen detallados los sistemas de tributación y la forma legal que daban validez a los contratos, medidas contra el impago de deudas, el fraude comercial y los derechos y deberes de las mujeres libres, muy parecidos a los que disfrutaban los hombre.
Este código está considerado como el primer compendio de normas jurídicas o ley escrita de la civilización.
En este enlace podrás tener acceso a una infografía (Venngage) sobre Las Leyes que forman el Código de Hammurabi.
https://g.co/gemini/share/d9ef49754f76
Mapa mental en el que se recoge los principios éticos y jurídicos en los que se sustenta el
Código de Hammurabi (NotebookLM)
Si deseas bajarte una de las muchas copias del Código de Hammurabi puedes hacerlo en una de estas dos direcciones entre otras muchas:
https://www.suneo.mx/literatura/subidas/C%C3%B3digo%20de%20Hammurabi.pdf
https://core.ac.uk/download/pdf/268241993.pdf
FUENTES CONSULTADAS:
Enciclopedia de las grandes civilizaciones. Grandes Obras. EL SOL
Historia Universal. Tomo I. Los orígenes. EL PAIS. Edit. SALVAT.
Wikipedia.Algunas de las afirmaciones y definiciones aquí vertidas, han sido contrastadas por IA (ChatGPT y Géminis)
Las imágenes han sido generadas por las herramientas de IA: Geminis, ChatGPT y Microsoft Designer.
He mejorado algunas de las imágenes y hecho la composición de cabecera con Photoshop.
Hasta luego y suerte.





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